Asambleas en Propiedad Horizontal
En estos días, hasta marzo 31, en nuestro país (Colombia) deben celebrarse las Asambleas Ordinarias de Copropietarios, en edificios y conjuntos sometidos al régimen de Propiedad Horizontal.
La normatividad en este sector está dada por la Ley 675, la cual creo el marco legal en que se debe mover toda la actividad de estos edificios y conjuntos.
Hay tres puntos esenciales que los copropietarios deben conocer:
1) La realización de la Asamblea General Ordinaria de Copropietarios: plazos, requisto de la convocatoria, documentos que deben adjuntarse, etc.
2) La elección del Consejo de Administración (donde lo tengan): requisitos y cualidades de los Consejeros, y
3) El Administrador: requisitos, cualidades, responsabilidad, contrato, etc.
En el documento que les entrego para descargar, se hace un análisis de estos tres puntos, lo cual debe tenerse muy encuenta, cuando se asista a la Asamblea.
Descarga: http://www.mediafire.com/?1yo4oh5e7fqfz2x
Espero sus comentarios. Gracias.
La normatividad en este sector está dada por la Ley 675, la cual creo el marco legal en que se debe mover toda la actividad de estos edificios y conjuntos.
Hay tres puntos esenciales que los copropietarios deben conocer:
1) La realización de la Asamblea General Ordinaria de Copropietarios: plazos, requisto de la convocatoria, documentos que deben adjuntarse, etc.
2) La elección del Consejo de Administración (donde lo tengan): requisitos y cualidades de los Consejeros, y
3) El Administrador: requisitos, cualidades, responsabilidad, contrato, etc.
En el documento que les entrego para descargar, se hace un análisis de estos tres puntos, lo cual debe tenerse muy encuenta, cuando se asista a la Asamblea.
Descarga: http://www.mediafire.com/?1yo4oh5e7fqfz2x
Espero sus comentarios. Gracias.
0 Comentarios